Tras la intervención de CEJIP, ANSES otorgó la pensión a una persona mayor migrante

Debido a un error registral de la Dirección Nacional de Migraciones, ANSES le negaba la pensión a un adulto mayor del Barrio Santander. Luego de recibir  la consulta, CEJIP solicitó la rectificación de esta información y que se asegure la prestación social, la cual fue finalmente otorgada

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P.M.C. tiene 71 años y vive en el Barrio Santander, zona sur de la Ciudad de Buenos Aires. Desde el año 1989, cuando llegó desde Bolivia,  reside de forma permanente en Argentina. Sin embargo, cuando se dirigió a la ANSES, para solicitar el acceso a la pensión universal para adultos/as mayores, le informaron que no cumplía los requisitos debido a que la Dirección Nacional de Migraciones no había registrado su último ingreso al país.

La Pensión Universal para Adultos/as Mayores es una prestación social que otorga ANSES a las personas mayores de 65 años que no cuentan con ninguna jubilación o pensión. Entre los requisitos de acceso para las personas migrantes exige una residencia mínima de 20 años en el país, de los cuales 10 años deben ser inmediatamente anteriores a la solicitud de la pensión y, al mismo tiempo, esa residencia se debe mantener luego de iniciado el trámite. Además del pago de la prestación mensual, la pensión permite acceder a los servicios médicos de PAMI (Ley 27.260).

Actualmente,  no cuenta con vivienda propia ni con los recursos económicos necesarios para asegurar su subsistencia. Asimismo, vive en uno de los barrios más vulnerados de la Ciudad, cuya población lucha por un hábitat digno y el acceso a servicios esenciales. En este contexto, el acceso a la pensión en este caso tenía un carácter urgente, ya que asegura una prestación económica básica y  servicios de salud esenciales.

Por esta razón, P.M.C. se dirigió a la oficina de atención de CEJIP en Villa 15, CABA, y solicitó asesoramiento legal para asegurar el acceso a la pensión. Con patricio jurídico de los/as abogados/as de CEJIP, P.M.C. presentó una nota en la Dirección Nacional de Migraciones, donde informó sobre el viaje realizado a Bolivia, con fechas de egreso e ingreso al país, junto con la documentación que lo acreditaba.

De esta forma, se logró rectificar el registro y posteriormente solicitó a la ANSES que revea la decisión de rechazar la pensión, debido a que se basó en un error estatal que no era responsabilidad del solicitante. Finalmente, P.M.C. recibió la notificación de ANSES donde se le comunicó que su pedido fue resuelto de modo favorable y actualmente recibe la pensión.

Esta consulta jurídica demuestra los obstáculos que enfrentan las personas migrantes y los/as adultos/as mayores al ejercer sus derechos. En particular demuestra los condicionamientos que sufren para acceder a su derecho a la seguridad social debido a su nacionalidad y a las prácticas administrativas excluyentes, sustentadas en regulaciones discriminatorias.

El Estado Nacional tiene el deber de remover estos obstáculos regulatorios, administrativos y registrales para asegurar de forma igualitaria los derechos humanos de las personas migrantes. Por esta razón, CEJIP impulsa acciones de incidencia legal para denunciar estas prácticas y lograr soluciones respetuosas de los derechos afectados.

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